El Ministerio de Salud sacó a consulta pública una nueva versión del decreto que busca que las recetas de medicamentos se emitan por “nombre genérico” para que los pacientes puedan conocer las alternativas disponibles del medicamento recetado por el personal médico.
El decreto establece que la receta debe expresar la Denominación Común Internacional (DCI), es decir el nombre genérico y no comercial.
Ileana Herrera, jefa de la Unidad de Registros del Ministerio de Salud explicó que “esta es una normativa que le permite a las personas conocer, a través del farmacéutico, los diferentes productos que corresponden al medicamento prescrito y evacuar sus dudas al respecto. Como paciente y como consumidor el usuario tiene derecho a conocer la gama de posibilidades existentes”.
La primera consulta que se realizó sobre este decreto fue en mayo del 2019, a raíz de ese proceso se realizaron modificaciones y ahora se da nuevamente una consulta. En esta nueva versión se adiciona la posibilidad de que se pueda indicar el nombre comercial de algún medicamento que se recomiende.
Por otra parte, los farmacéuticos deberán informar al consumidor sobre la existencia de las diferentes opciones que correspondan al medicamento prescrito e informarle el precio de las alternativas.
Las autoridades del Ministerio de Salud serán las encargadas de controlar y verificar el cumplimiento de los establecido en el decreto y aplicar las medidas sanitarias especiales contenidas en la Ley General de Salud.
Este nuevo decreto también permitiría que los consumidores puedan denunciar en caso de que el médico no prescriba según la denominación común internacional, y en caso de que el farmacéutico no ofrezca el medicamento equivalente que tenga a disposición.